La liga y la Censura Digital

Hoy integraba una API legítima para gestionar correos y calendarios (Nylas) cuando, sin previo aviso, mi backend se cae. El motivo: un bloqueo masivo de IPs ordenado por el Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Barcelona a petición de LaLiga.

La causa: combatir la piratería de partidos de fútbol.
El problema: se están cargando la red por el camino.

¿QUÉ ESTÁ PASANDO REALMENTE?

Muchas webs pirata se refugiaron en Cloudflare, un proveedor de servicios legítimo que agrupa millones de webs bajo rangos de IP compartidos. Como LaLiga no puede identificar con precisión la IP infractora, ha decidido bloquear rangos enteros. ¿El resultado? Colateralidad indiscriminada.

💣 Webs totalmente legales quedan inaccesibles sin juicio, sin defensa, sin criterio técnico.
Hoy ha sido Nylas, pero mañana puede ser:

* Una tienda online
* El blog de tu hermana
* Tu propio proyecto

¿ES ESTO LEGAL?

Sí, pero no debería serlo en estos términos. Se amparan en resoluciones judiciales dictadas bajo el artículo 138 de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) y la Directiva 2001/29/CE, que permiten a los titulares de derechos solicitar medidas contra los infractores.

Pero aquí está la trampa:
📌 Estas medidas deben ser proporcionales, específicas y respetuosas con los derechos fundamentales.
📌 Según el art. 8.3 de la Directiva 2001/29, solo se permite bloquear a quienes infrinjan los derechos, no a todo aquel que se le parezca.
📌 El TJUE (STJUE de 27-3-2014, C-314/12) ha dicho claro: los bloqueos masivos deben minimizar el impacto sobre los usuarios legítimos.

Esto que está haciendo LaLiga es justo lo contrario.

¿Y LA NEUTRALIDAD DE LA RED?

La neutralidad de la red, recogida en el Reglamento (UE) 2015/2120, implica que los proveedores de servicios deben tratar todo el tráfico de forma equitativa. Bloquear rangos de IP por “si acaso” va en contra de esta base del internet libre y abierto.

Además, el principio de proporcionalidad, consagrado en el artículo 52 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, impide restricciones desmesuradas que afecten a terceros inocentes.

¿QUÉ SE PODRÍA HACER?

1º Revisar judicialmente estas órdenes de bloqueo. Deben concretarse con criterios técnicos claros, limitados y verificables.

2º Implicar al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, para proteger la neutralidad de red y frenar estas prácticas.

3º Reforzar la defensa jurídica de los servicios colaterales afectados, reclamando por daños o solicitando amparo ante la Agencia Española de Protección de Datos si se vulneran derechos digitales.

4º Denunciar públicamente y ejercer presión política. Porque si no se visibiliza, se normaliza.

Lo llaman «defensa de derechos», pero lo que están haciendo es bloquear a ciegas y dejar que caiga quien caiga. Y eso tiene un nombre: censura digital sin garantías.

Esto no va de fútbol, va de libertades digitales.