Un fallo reciente del TJUE ha sentado un importante precedente en la protección de los derechos de las personas trans, al dictaminar que la rectificación de los datos de identidad de género en registros oficiales no puede condicionarse a la prueba de una cirugía de reasignación de sexo.
📌 El caso:
Una persona trans de nacionalidad iraní obtuvo la condición de refugiada en Hungría debido a la persecución sufrida en su país de origen. A pesar de haber aportado informes médicos de psiquiatría y ginecología que acreditaban su identidad de género masculina, fue inscrita en el registro de asilo como mujer. Posteriormente, solicitó la rectificación de su identidad en los registros oficiales, pero su petición fue desestimada por no haber acreditado una cirugía de cambio de sexo.
🔎 Decisión del TJUE:
El TJUE se pronunció sobre el caso y estableció puntos clave en defensa del derecho a la rectificación de datos personales:
✔ Identidad de género vivida: Si un dato se recaba para identificar a una persona, este debe reflejar su identidad de género vivida y no la que le fue asignada al nacer.
✔ Imposibilidad de negar el derecho por falta de regulación nacional: La inexistencia de un procedimiento específico en el derecho nacional para reconocer a las personas trans no puede ser utilizada como obstáculo para denegar la rectificación de datos.
✔ RGPD y el derecho a la rectificación: El RGPD impone a las autoridades la obligación de corregir los datos personales cuando estos sean inexactos.
✔ Pruebas necesarias, pero sin exigir cirugía: Si bien las personas pueden estar obligadas a aportar pruebas suficientes para demostrar la inexactitud de los datos registrados, no se puede condicionar la rectificación a la prueba de una cirugía de reasignación de sexo. Esta exigencia se considera innecesaria y desproporcionada.
🌍 Un paso más en la protección de derechos
Este fallo refuerza la protección de los derechos de las personas trans en Europa y sienta un precedente clave para otros países. Reconocer la identidad de género sin imponer requisitos invasivos es esencial para garantizar la dignidad y la igualdad de derechos.
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