La AEPD lo ha dejado claro: escanear o fotocopiar el DNI para el registro de viajeros o alquiler de vehículos infringe el principio de minimización de datos. ❌
Pero entonces, ¿cómo cumplir con las obligaciones del Real Decreto 933/2021 sin vulnerar la normativa de protección de datos?
La AEPD plantea algunas alternativas… pero no son precisamente ideales 👇
🔐 Certificados digitales
En teoría, una opción sólida. En la práctica, poco realista. ¿Cuántos ciudadanos han activado el certificado digital del DNI o saben cómo utilizarlo? Muy pocos. La brecha digital es un muro.
💳 Verificación por método de pago
Comparar los datos del registro con los asociados al pago. El problema: no tienen por qué coincidir. Puede pagar otra persona.
📲 Envío de código al móvil o email
Una idea interesante… hasta que recordamos que no hay forma de verificar la titularidad del número o del correo electrónico indicado.
📍 ¿Y el registro físico?
Aquí todo es más sencillo. Mostrar el DNI en persona permite validar los datos al instante. El verdadero reto surge cuando el proceso es 100 % online y sin presencia física simultánea. En ese escenario, la fiabilidad se complica.
💬Las alternativas existen, pero no sustituyen del todo la verificación presencial. El equilibrio entre seguridad jurídica y protección de datos sigue siendo un desafío abierto en el sector turístico.
