European Start- and Scale-up: ¿Nueva era para la innovación en europa… y para la tokenización?


La Comisión Europea ha colocado a las startups, la investigación y la innovación en el centro de su estrategia. Y con razón: estamos ante un momento clave de transformación tecnológica.

En este contexto, el pasado 30 de junio se publicó el “Draft Report with recommendations to the Commission on the 28th Regime”, impulsado por René Repasi (Comisión de Asuntos Jurídicos). Un documento que propone una nueva forma societaria: la ESSU (European Start- and Scale-up).

💡 ¿Qué es exactamente la ESSU?

No será una sociedad paneuropea autónoma, sino una forma nacional en cada Estado miembro, pero con elementos armonizados para facilitar la expansión de empresas tecnológicas e innovadoras por toda Europa.

📌 ¿Qué propone este nuevo marco?

1º 🔒 Protección frente a adquisiciones hostiles
Se incentivan mecanismos como dual class shares, la intransmisibilidad de derechos de voto o pactos que configuren el control desde la autonomía de la voluntad.
➕ Se reconoce expresamente la figura de la empresa steward-owned.

2º 💰 Atracción de capital riesgo sin pérdida de control
Se plantean instrumentos de deuda con carácter cuasi-capital (e.g., profit participation rights, silent partnerships, profit-linked loans).
La estandarización de estatutos y pactos de socios también entra en juego.

3º 👨‍💻 Retención de talento a largo plazo
Se abordan los ESOPs (Employee Stock Ownership Plans) como vía para alinear intereses y compartir el valor generado entre empleados e inversores.

🧠 ¿Y LAS TECNOLOGÍAS DLT, LA CRIPTOECONOMÍA Y LA TOKENIZACIÓN?

El documento menciona expresamente la posibilidad de utilizar tecnología DLT para el registro de las ESSU.

Pero la verdadera oportunidad va mucho más allá:

⚖️ La libertad de configuración de derechos, instrumentos de financiación y pactos entre partes puede encontrar un terreno fértil en:

* Los smart contracts
* La filosofía criptoeconómica
* Y la tokenización de participación, valor o incluso del compromiso de los stakeholders

🤖 ¿Y si resolvemos el “pequeño” problema de la personalidad jurídica de las DAO?
¿Estamos ante una oportunidad real para imaginar una DAO-ESSU que combine seguridad jurídica y libertad contractual?

🔎 Una reflexión que merece atención:
¿Puede Europa liderar la convergencia entre innovación tecnológica, libertad económica y seguridad jurídica?

¿Tú qué opinas? 👇