En los últimos meses se ha reavivado el debate sobre el apagón del 28 de abril de 2025, que obligó a Red Eléctrica a modificar la operación del sistema eléctrico y a reforzar servicios técnicos para garantizar la estabilidad de la red.

📌 Estas medidas extraordinarias han generado un sobrecoste acumulado que algunas fuentes cifran en torno a 800 millones de euros. Ante esta situación, el Gobierno estaría valorando la posibilidad de redistribuir dicho coste a través de la factura eléctrica de todos los consumidores, incorporándolo en los peajes regulados.

⚖️EL MARCO LEGAL DE LOS PEAJES Y CARGOS

La normativa del sector eléctrico en España (Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, y normativa de desarrollo) establece que:

¿PUEDE EL SOBRECOSTE DEL APAGÓN REPERCUTIRSE A LOS CONSUMIDORES?

Desde un punto de vista jurídico, la clave está en determinar si estos sobrecostes son:

1️⃣ Costes estructurales del sistema (como la operación reforzada de Red Eléctrica), en cuyo caso sí podrían incluirse en los peajes.
2️⃣ Costes imputables a una negligencia o fallo concreto (por ejemplo, si hubiera responsabilidades técnicas o contractuales aún por depurar). En este escenario, trasladarlos a los consumidores sería jurídicamente cuestionable y podría vulnerar el principio de quien causa el daño, responde.

💡La decisión de socializar el coste del apagón entre todos los consumidores plantea no solo un debate económico, sino también uno jurídico y de legitimidad:

En definitiva, el apagón no solo apagó la luz durante unas horas: ha encendido una discusión sobre quién debe asumir la factura de la resiliencia eléctrica en España.

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