Las criptomonedas constituyen un activo que se presenta como una oportunidad y una alternativa de ahorro e inversión. No obstante, su regulación es incipiente y se hace necesario un enfoque regulador y supervisor proporcionado en el ámbito nacional, comunitario e internacional que no impida la innovación o añada costes superfluos en esta fase temprana de desarrollo.
La clave se encuentra en la aplicación del concepto de valor negociable a los casos concretos de criptomonedas. Aunque se protege a los inversores, no se generan señales en contra de la innovación y una vez que surja la normativa internacional será de sencilla aplicación, es importante recordar que no siempre es fácil encajar el supuesto de hecho cripto económico en la normativa actual, ya que los inversores pueden percibir una señal de calidad de los activos que no sea completamente real.
En cuanto a la naturaleza jurídica de las criptomonedas existen numerosas teorías. Algunos autores y autoridades supervisoras consideran que son instrumentos financieros. Sin embargo, la aproximación a la naturaleza jurídica de cada criptomoneda debe afrontarse con un enfoque funcional para comprobar en qué categoría jurídica podría encuadrarse de acuerdo con la regulación existente de los mercados de valores. Esto se debe a que existen muchas clases de criptomonedas y algunas de ellas pueden no caer bajo el ámbito de supervisión de los reguladores de los mercados de valores.
Otros autores consideran las criptomonedas un “bien mueble digital”. Desde este punto de vista, las criptomonedas son productos electrónicos y, por tanto, intangibles, no distintos del material informático que se almacena en soporte digital. Estaríamos hablando de bienes muebles digitales, no fungibles y de propiedad privada, contemplados en los artículos 335, 337 y 345 del Código Civil.
Por último, existe una rama de autores que se inclinan por considerar las criptomonedas una divisa o medio de pago. Esta postura ha ganado reconocimiento a raíz de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22 de octubre de 2015. Las funciones de las divisas son actuar como medio de pago, servir como una unidad de medida del valor y como instrumento de ahorro que pueda recuperarse en el futuro.
En un mundo cambiante y lleno de nuevas regulaciones en cuanto a los criptoactivos, NonTaxes te ayudará a poder optimizar tus ingresos de la forma más eficaz gracias a su equipo legal.
La tokenización es el proceso que permite proteger datos sensibles, sustituyéndolos por equivalentes no-sensibles, conocidos como tokens. Un token en sí no tiene ningún valor o significado, es una referencia o identificador que, gracias al sistema de tokenización, permite volver al dato sensible. La tokenización se utiliza para evitar el robo de datos en las transacciones con tarjetas bancarias.
La tokenización de pagos crea un ID aleatorio y seguro, que no tiene ningún sentido fuera del sistema. No hay correlación entre el token y los datos que representa. Si el usuario manda sus datos otra vez, el token será diferente. Los tokens se generan en tiempo real y se usan en entornos o dominios predefinidos. Por ejemplo, la misma tarjeta genera un token para un uso dentro de un entorno específico, y otro para transacciones de e-commerce. La tokenización no ralentiza el proceso de pago ya que los tokens se generan en tiempo real.
Utilizar un token en vez de un número PAN para finalizar el pago lo hace más seguro. El vendedor sólo guarda el token en su base de datos para futuras transacciones. Si la base de datos se viera comprometida por un hacker, los tokens no le serían de ninguna ayuda.
Si se quiere guardas datos bancarios y no tokens en un sistema, se necesita cumplir con los requerimientos PCI DSS, lo cual no es tan sencillo. El uso de tokens permite delegar esta responsabilidad a la pasarela de pago de tu elección. Las entidades bancarias solicitan la conformidad a los requerimientos PCI (Payment Card Industry) para asegurar las transacciones digitales.
El crecimiento del mundo de las criptodivisas ha marcado un precedente y ha forzado al cambio de muchas cosas. Una de ellas es la legislación de muchos países, ya que las reglas y tecnologías usadas para el control de las actividades económicas han quedado completamente obsoletas.
Es justo por esto que se ha acuñado el término de Economía Digital. Es decir, todo lo que se produce, distribuye, comercializa y consume a través de la red.
Si bien todo parece beneficiar a las partes implicadas, lo cierto es que sus características pueden limitar a los gobiernos. Estos ya no tienen libre acceso al comportamiento de sus contribuyentes y las rentas que obtienen.
En este sentido, organizaciones como la UE (Unión Europea), el G20 (Grupo de los 20) y también la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos) han estado trabajando arduamente para crear un marco legal para regular este tipo de actividades en las redes.
Es así como se ha creado el término establecimiento permanente digital, que busca justamente crear un criterio global para determinar las rentas de una persona u empresa.
Uno de los mayores problemas que ha traído la globalización es la disputa entre autoridades tributarias por el principio de residencia (domicilio fiscal de quien obtuvo la renta) y el principio de la fuente (domicilio real donde se generó la renta). Ahora, lo que se busca es tener un criterio único, lo que facilitaría en inmensa medida este trabajo.
La mayor parte de los países, principalmente los países desarrollados, apoyan la idea de regirse en función al principio de residencia. Esto serviría para reducir el uso de los paraísos fiscales. Ya que muchas multinacionales han optado por abrir filiales en países con beneficios fiscales como Luxemburgo, Andorra o Suiza.
Estas serían las primeras bases para lograr un acuerdo globalizado para poder tributar las rentas económicas de personas y empresas a nivel mundial. De igual forma, en algún punto, esto permitiría la fiscalización de las rentas por medio de la web.
El gran objetivo sería la creación del impuesto digital. Algunos países empiezan a aplicar reglamentaciones para la creación de ganancias por medio de servicios digitales, pero está claro que aún no se tienen los marcos necesarios para lograrlo.
En su gran mayoría, los países que avanzan con estas medidas lo hacen por medio del cobro de IVA (Impuesto al Valor Agregado) a los servicios digitales. Esto de una forma similar a cómo se hace en el comercio tradicional.
Las autoridades fiscales de todo el mundo siguen trabajando para tomar medidas que les permitan enmarcar legalmente actividades como la tokenización de activos. Mientras tanto, muchos entes gubernamentales continúan aplicando medidas aisladas para tratar de cobrar los impuestos de las rentas de sus contribuyentes por medio de la Economía Digital.
Son cientos de países los que intentan dar con la solución de la migración de la economía global al plano digital. El panorama podría cambiar drásticamente con el paso de los años y podrían aparecer nuevos marcos legales a nivel global en los próximos años.
Es en este contexto donde NonTaxes puede ayudarte con la creación de tu sociedad tokenizada aportandote todos los recursos necesarios, además de la puesta a disposción por parte de nuestro equipo fiscal de un seguimiento integral para que tu empresa pueda optimizar sus beneficios de la mejor forma posible siempre atendiendo a tus necesidades.
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