Esta semana, la Financial Conduct Authority (FCA) del Reino Unido ha anunciado que, cuando expanda su supervisión de los criptoactivos en 2026, las empresas del sector no estarán sujetas desde el inicio al “consumer duty” (el deber de proteger al consumidor).
👉 El “consumer duty” es una de las piezas regulatorias más importantes en Reino Unido: obliga a las empresas financieras a garantizar resultados justos, transparencia en costes, claridad contractual y a no aprovecharse de la asimetría de información frente al cliente.
🚨 ¿Qué significa esta excepción?
1️⃣ Que durante un tiempo los usuarios de servicios cripto en UK estarán menos protegidos que los usuarios de otros productos financieros.
2️⃣ Que las plataformas de tokenización, exchanges y proyectos Web3 podrán operar con una carga regulatoria menor, lo que puede atraer inversión, pero también generar riesgos de abuso.
3️⃣ Que se abre un debate: ¿es la innovación suficiente excusa para relajar la protección del consumidor?
⚖️ Implicaciones jurídicas
– Vacío regulatorio temporal: mientras dure la excepción, las reclamaciones de consumidores por malas prácticas estarán más limitadas.
– Competencia desleal: los actores financieros tradicionales podrían verse en desventaja frente a startups cripto que no cumplen con las mismas reglas.
– Precedente internacional: otros reguladores podrían imitar esta estrategia para “atraer” empresas de Web3, debilitando derechos que costó décadas consolidar.
El movimiento de la FCA refleja la eterna tensión entre fomentar la innovación y proteger al consumidor. La pregunta es:
👉 ¿Podemos permitirnos crear “zonas de excepción” regulatorias en sectores tan sensibles como la tokenización y las finanzas descentralizadas?
Porque si algo nos ha enseñado la historia financiera, es que cuando el regulador baja la guardia, el coste lo acaban pagando los consumidores.