En protección de datos no todo es consentimiento, legitimación o transparencia. Existe una parte menos visible pero crucial para cumplir el RGPD y la LOPDGDD: los plazos legales de conservación, bloqueo y destrucción de los datos personales.

🔍 ¿Qué significa esto? Que no podemos conservar eternamente un dato «por si acaso». Cada dato tiene su vida útil legal, y cuando ésta finaliza, debemos actuar: bloquearlo (si es necesario) y luego destruirlo adecuadamente.

📌 La AEPD, en su Informe Jurídico 148/2019, establece un listado de referencia sobre estos plazos. Aquí te comparto un resumen práctico:

🕒 PLAZOS DE CONSERVACIÓN
CVs: solo mientras dure el proceso de selección.

🔒 PLAZOS DE BLOQUEO (tras conservación)

💡 Importante: Durante el bloqueo, los datos no pueden usarse, solo conservarse con fines legales (judiciales, administrativos, etc.).

🧨 DESTRUCCIÓN FINAL

⚠️ CONSEJO PRÁCTICO

Haz una auditoría interna. ¿Sabes cuánto tiempo guardas los datos personales en tu organización? ¿Estás cumpliendo estos plazos?

👉 Cumplir plazos no es solo legalidad, es confianza.
Gestionar bien la información es proteger los derechos de las personas y minimizar riesgos legales.

🔐 Si gestionas datos personales en tu empresa, este tema no es opcional. Es una parte esencial del compliance digital.

¿Tienes dudas sobre cómo aplicarlo en tu sector? 💬 Te leo en comentarios.

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